Código de Ética y Conducta

l. Introducción

En el marco del Proyecto Educativo y el Sistema de Ética e Integridad de la Fundación Instituto Profesional Duoc UC y la relevancia creciente a nivel nacional e internacional de este tipo de regulación en el ámbito de la educación superior técnico profesional, se hace necesario el ajuste y difusión del Código de Ética y Conducta, cuyo fin es orientar el cumplimiento de la misión y la promoción de los valores de Duoc UC.

De este modo, el Código de Ética y Conducta, recoge formalmente las acciones y buenas prácticas que Duoc UC ha definido como esperables, de quienes integran nuestra comunidad o se relacionan de algún modo con la institución, de acuerdo a sus valores y fines. Así, ello debiera verse reflejado en las conductas de los colaboradores, como asimismo, de todas las personas naturales y jurídicas que se relacionan con Duoc UC.

Sin perjuicio de lo señalado precedentemente, el presente documento, en ningún caso pretende regular cada una de las situaciones ni conflictos que se puedan presentar, sino dar un marco general a la normativa interna de Duoc UC.

II. Misión y Visión de DUOC UC

Misión

"Formar personas, en el ámbito técnico y profesional, con una sólida base ética inspirada en los valores cristianos, capaces de aportar en forma significativa al mundo laboral y comprometidas con el desarrollo de la sociedad."

Visión

"Ser la institución más reconocida del ámbito técnico profesional para la formación de personas, que se distinga por la pertinencia de su preparación disciplinar, humana y ética, inspirada en la identidad católica."

III. Declaración de Valores de DUOC UC

Integridad: Actuamos de manera honesta, coherente y consecuente a los principios y valores que nos inspiran con una disposición permanente al Bien y a la Verdad.

Calidad: Estamos conscientes que el trabajo está en función de la persona, y que ésta a través de su labor participa en la obra del Creador. Es por ello que trabajamos siempre con dedicación y rigurosidad, y nos comprometemos a alcanzar altos estándares de excelencia en todo nuestro quehacer para satisfacer las necesidades y expectativas de nuestros alumnos y de la sociedad.

Respeto y Tolerancia: Reconocemos la dignidad y originalidad de cada persona como ser creado por Dios, aceptando y valorando sus legítimas diferencias, lo que se expresa en un trato equitativo e inclusivo que se desprende naturalmente desde nuestra propia identidad.

Colaboración y Compromiso: Trabajamos como equipo poniendo lo mejor de cada uno al servicio del propósito trascendente de nuestra institución y de la sociedad, por lo que actuamos con vocación y convicción entregando lo mejor de nosotros para cumplir con la promesa hecha a nuestros estudiantes.

Espíritu de Servicio: Tenemos una disposición permanente a colaborar y ponernos al servicio de los demás, procurando el bien del prójimo, guiados siempre por nuestro propósito común

Los principios que sustentan la concepción de estos valores para Duoc UC son:

Identidad católica: Duoc UC es una institución católica nacida del "corazón de la Iglesia", fundada con el propósito de servir a Dios, buscar la verdad y promover el bien común.

Estudiante en el centro: El estudiante constituye el principio, sujeto y fin de toda nuestra tarea educativa.

IV. Orientaciones de Conducta para los Colaboradores

Duoc UC es una institución católica de educación superior con una clara identidad manifestada en su Proyecto Educativo. De esta identidad emanan valores señalados en el punto III de este código, que establecen un marco de acción que hace posible el cumplimiento de la misión institucional.

De esta manera, las conductas de los colaboradores deben estar basadas en los siguientes principios:

  1. Honestidad, rectitud y coherencia con la misión y visión institucional
  2. Cumplimiento de toda normativa interna y legal vigente
  3. Compromiso y lealtad con la institución y su comunidad
  4. Respeto, buen trato y no discriminación
  5. Colaboración, cooperación, solidaridad y sustentabilidad
  6. Excelencia y mejora continua

Los colaboradores deberán ajustar su comportamiento al presente Código y a todas las normas internas vigentes, que se entienden conocidas y que son aplicables y exigibles a toda nuestra comunidad y a quienes se relacionen con ella de algún modo, debiendo siempre mantener un comportamiento íntegro y acorde a nuestros principios institucionales

Duoc UC. promueve y respeta los derechos laborales de todos sus colaboradores y en particular apoya el uso efectivo del feriado anual de manera de evitar la acumulación de periodos, cumpliendo con las normativas vigentes. De la misma forma, promueve el cumplimiento de las jornadas laborales y es especialmente contrario al eventual abuso de las horas extraordinarias, siempre buscando una sana relación entre la vida laboral y familiar.

Las principales normas internas de nuestra institución se encuentran disponibles para su consulta en la siguiente página web: https://www.duoc.cl/nosotros/sobre-duoc/transparencia/.

V. Relación con los Alumnos

Para Duoc UC, el estudiante es el principio, sujeto y fin de toda obra o tarea educativa. La misión institucional, que da sentido al trabajo diario de cada colaborador, hace vida este principio. El llamado a formar personas con una sólida base ética inspirada en los valores cristianos, genera una obligación de impartir educación basada en el respeto por la vida, la dignidad de la persona, el bien común, la no discriminación y la solidaridad, entre otros. En este sentido, la institución promueve en los colaboradores conductas que sirvan de ejemplo y testimonio para los estudiantes, basadas en los valores institucionales.

VI. Relación con los Proveedores y Conflictos de Intereses

Duoc UC promueve, de conformidad a su política de compras, de conflicto de interés y toda otra normativa vigente, que la relación entre los colaboradores y los proveedores sea honesta, transparente y eficiente, procurando siempre el buen uso de los recursos institucionales.

Las comunicaciones con todos los proveedores  deberán ser mediante canales formales, tales como correo electrónico institucional o a través de algún medio donde consten por escrito los acuerdos adoptados.

Se entiende por interés personal o beneficio aquel que le genere alguna ganancia material o inmaterial sea directa o indirectamente a él o a su familiares o amigos.

Ningún colaborador podrá involucrarse en actividades personales, comerciales o profesionales que tengan relación o den origen a un conflicto de interés con la institución y estarán obligados a lo señalado en la política de conflicto de interés vigente que establece deberes y prohibiciones tales como:

  1. Deber de revelación y abstención
  2. Deber de no competencia
  3. Prohibición de recibir regalos e invitaciones de proveedores o potenciales proveedores
  4. Prohibición de contratación de familiares en vínculo de subordinación y dependencia
  5. Prohibición de contratar a pares evaluadores

Se debe considerar que incluso la apariencia de impropiedad puede estar dañando la reputación e imagen de Duoc UC.

Toda contratación de asesorías o de servicios a honorarios debe ser justificada técnicamente y presupuestariamente por el director del área solicitante ante la Dirección de Administración y Finanzas.

En toda instancia de contratación, siempre se debe dar pleno cumplimiento a todas las políticas y procedimientos internos.

Política De Regalos

Se prohíbe a los colaboradores recibir regalos provenientes de los proveedores o potenciales proveedores, de acuerdo con la Política de Conflicto de Interés.

Los colaboradores no podrán ofrecer, solicitar o aceptar de manera indirecta o directa, pagos o servicios gratuitos, regalos, compensaciones u otros beneficios personales, quedando excluidos los regalos que se efectúan habitualmente por cortesía o alianza de colaboración, de proveedores o potenciales proveedor.

Todos aquellos regalos que se reciban deberán ser informados a su jefatura y a la Dirección de Cumplimiento de conformidad a lo señalado en la respectiva Política de Conflicto de Interés 

Política de Compras

Los colaboradores están obligados a respetar la política de compras, manual de adquisiciones, reglamento de licitaciones y cualquier norma vigente relativa a la materia.

Por lo tanto, toda solicitud o decisión de compra debe estar contemplada en la planificación anual de gastos e inversiones de Duoc UC, estar previamente autorizada por la instancia, con las facultades o atribuciones de compra necesarias. Así, los colaboradores  no comprometerán recursos de Duoc UC ni podrán celebrar contratos o generar órdenes de compras sin atribuciones para ello.

VII. Protección de Activos de DUOC UC

El uso por parte de los colaboradores de los bienes, materiales e inmateriales, de propiedad de Duoc UC, se sujeta a las políticas, reglamentos o protocolos internos sobre uso de bienes, de seguridad de la información y del Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad

Cada colaborador deberá cuidar los bienes que administra, y asegurar que sean utilizados para el uso a que fue destinado de acuerdo a la normativa interna.

Ningún colaborador podrá utilizar, información confidencial y secretos comerciales de Duoc UC, o los bienes de terceras personas para su uso, el uso de otros o para un propósito impropio o ilegal. No se permitirá tampoco que disponga de cualquier bien de Duoc UC sujeto a su administración sin el consentimiento expreso de su jefatura.

Duoc UC es titular de la propiedad intelectual exclusiva de todas las obras de talento e ingenio creadas por los colaboradores en el ejercicio de sus funciones en la institución (incluyendo softwares, bases de datos, sitios de Internet, inventos, técnicas, obras intelectuales, documentos digitales o físicos).

VIII. Protección de Información

La información a que tengan acceso los colaboradores en el ejercicio de sus funciones y que diga relación con Duoc UC, sus alumnos, ex alumnos, proveedores, otros colaboradores, personas relacionadas o las actividades de unos u otros, deberá ser tratada como información confidencial, no pudiendo revelarse a terceros ni utilizarla para beneficio propio ni de terceros, para efectos distintos de la ejecución de sus funciones en Duoc UC aún después de terminada dicha relación laboral. Los colaboradores que tengan acceso a información confidencial declaran estar en conocimiento de la legislación vigente en materia de protección de datos personales y propiedad intelectual, asumiendo la responsabilidad de administrar con reserva y cautela, siguiendo las políticas internas en materia de seguridad de datos, obligándose a no compartirla salvo que sea estrictamente necesario.

Los colaboradores de Duoc UC, se abstendrán especialmente de hacer pública, la información confidencial de Duoc UC a través de cualquier medio de comunicación, incluidas redes sociales.

Ningún colaborador podrá revelar información confidencial obtenida de la relación laboral con Duoc UC para su propio beneficio o para fines personales, aún después de terminada dicha relación laboral.

 

IX. Compromiso por un buen clima laboral

Duoc UC promueve el buen clima laboral, el trato digno y la igualdad de oportunidades de todos sus colaboradores.

 Todos los colaboradores de Duoc UC deben ser tratados con dignidad, respeto y cortesía.  En Duoc UC no se tolerará discriminación arbitraria de ningún tipo, así como tampoco el acoso y las represalias en contra de algún compañero de trabajo. Quedan estrictamente prohibidas conductas y comentarios que no sean apropiados dentro del lugar de trabajo y que conlleven una transgresión a las leyes vigentes tales como la Ley 20.609 que establece medidas contra la discriminación arbitraria, la Ley Nº 21.015 de Inclusión Laboral que tiene por finalidad promover una inclusión laboral eficaz de las personas con discapacidad, tanto en el ámbito público como en el privado, la Ley N°20.422 que establece Normas sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de las Personas con Discapacidad y toda otra normativa que resguarde estas materias.

Los colaboradores de Duoc UC deberán contribuir para que predomine un espíritu de equipo, igualdad de oportunidades, lealtad y confianza. Cada colaborador debe respetar los derechos de los demás con un trato justo, libre de discriminación arbitraria, acoso de cualquier tipo o represalias. Deberá evitarse cualquier forma de discriminación arbitraria o que diga relación con aquellas categorías que señala el artículo 2º de la ley 20.609, la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la maternidad, la lactancia materna, el amamantamiento, la orientación sexual, la identidad y expresión de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal y la enfermedad o discapacidad.

Duoc UC promueve relaciones equitativas entre hombres y mujeres. Tal mandato se desprende de su identidad y debe ser exigido a cualquier miembro de nuestra comunidad en cada acción que se realice. En razón de lo anterior, los colaboradores deberán: a) Promover la igualdad de oportunidades, entre hombres y mujeres en instancias de tomas de decisiones o de acceder a cargos directivos; b) Cautelar y promover acciones que favorezcan la conciliación entre el trabajo y la familia.

Prevención del Acoso laboral y Violencia Sexual

Duoc UC de acuerdo a su misión promoverá un ambiente libre de toda forma de acoso laboral y sexual, investigará las denuncias al efecto y, cuando corresponda, sancionará su incumplimiento.

El acoso laboral es toda conducta que constituya agresión u hostigamiento, ejercida por el empleador o por uno o más trabajadores, en contra de otro u otros, por cualquier medio, y que tenga como resultado para el o los afectados menoscabo, maltrato o humillación, o bien que amenace o perjudique su situación laboral o sus oportunidades en el empleo, siempre que todas estas conductas se practiquen en forma reiterada.

Además, de lo anterior, Duoc UC, en su calidad de institución de educación superior, se encuentra sujeta al cumplimiento de la Ley N° 21.369, que Regula el Acoso Sexual, la violencia y la discriminación de género en el ámbito de la Educación Superior, con la finalidad de establecer ambientes seguros y libres de acoso sexual, violencia y discriminación de género, para todas las personas que se relacionen en comunidades académicas de educación superior, con prescindencia de su sexo, género, identidad y orientación sexual.

Se considera Violencia Sexual, cualquier conducta o acción de carácter sexual, no consentida por la persona que lo experimenta y que produce objetivamente menoscabo en la integridad y dignidad de la persona. Las acciones comprendidas dentro de Violencia Sexual serán Acoso, Hostigamiento, Delitos Sexuales y cualquier otra forma de agresión de carácter sexual. Estas conductas o acciones, pueden haberse ejercido con o sin contacto físico y ejecutadas por cualquier medio.

X. Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas (Ley N° 20.393)

Duoc UC se encuentra sujeto al cumplimiento de la ley N° 20.393, relativa a responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que ella indica, los cuales incluyen lavado de activos, financiamiento del terrorismo, delitos de cohecho, receptación, corrupción o soborno entre particulares, administración desleal, apropiación indebida, negociación incompatible y todos los delitos que se vayan incorporando. De esta manera, el Modelo de Prevención de Delitos, SEI (Sistema de Ética e Integridad) vigente de la institución, es vinculante para todas las personas que ejerzan funciones como colaborador en Duoc UC o se relacionen con la misma directa o indirectamente.

Los colaboradores de Duoc UC deberán abstenerse de participar en cualquier acto que implique de manera directa o indirecta efectuar ofertas, pagos, promesas o autorizaciones de pago en dinero u obsequios, incluyendo sobornos o comisiones clandestinas, regalos, invitaciones, beneficios especiales u otros.

Deberán abstenerse de participar, en general, de cualquier beneficio directo o indirecto otorgado en favor de funcionarios públicos estatales, municipales o de candidatos a algún cargo estatal, o de sus parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive, a fin de inducirlos a utilizar su influencia en el gobierno o cualquier organismo estatal o municipal en relación con sus labores para Duoc UC.

Por su parte, los colaboradores deben abstenerse de comunicarse y reunirse con funcionarios estatales en relación con sus labores para la institución sin la aprobación previa de su jefatura de Duoc UC.

Ningún recurso económico de Duoc UC puede ser destinado a candidatos políticos por un colaborador. Sin embargo, el colaborador puede involucrarse a título personal en actividades políticas con sus propios recursos y en su tiempo libre.

XI. Alcance

Ámbito de aplicación del Código de Ética y Conducta: Colaboradores y terceros que se relacionan con Duoc UC.

XII. Canal de Denuncia y de Consulta

Duoc UC asegura a sus colaboradores, alumnos y a todo aquel que se relacione con la comunidad de Duoc UC la existencia y acceso a un canal de denuncia y consulta, a través del cual, podrán exponer las situaciones que sean o puedan ser infracciones a la normativa interna y externa de la institución.

Duoc UC garantiza la confidencialidad e independencia en la recepción y tratamiento de la información enviada con ocasión de alguna infracción por parte de los colaboradores.

Se podrá acceder al canal de denuncia en la página web: https://seiduoc.integridadcorporativa.cl/. Dicha denuncia podrá ser anónima.

XIII. Comité de Ética y Conducta

El Comité de Ética y Conducta es un órgano colegiado, integrado por cinco miembros: El Director de Cumplimiento, un representante de los Directores de Sedes, el Secretario General, un docente de destacada trayectoria y por la Directora General de Personas. Tiene como función principal conocer, resolver y monitorear las denuncias presentadas. Ahora bien, en aquellas oportunidades en que exista algún Directivo, miembro de este Comité o esté el Rector de Duoc UC involucrado en algún caso a ser resuelto por este Comité, los aludidos se tendrán que inhabilitar de conocer y de intervenir en dicho proceso, debiendo el Secretario General solicitar expresamente la participación del Presidente del Comité Legal y de Cumplimiento del Consejo Directivo. Este último se integrará con las mismas facultades que cualquier otro miembro del Comité de Ética y Conducta.  En el caso que el Presidente del Comité Legal y de Cumplimiento del Consejo Directivo se encuentre imposibilitado de participar en la sesión del Comité de Ética y Conducta, el Comité designará a otro Consejero para que lo reemplace. En cualquiera de los casos, el Consejero que integre el Comité recibirá con la debida antelación el expediente o antecedentes disponibles a ser revisados.  

Por otra parte, se considerarán causales de implicancia de alguno de los integrantes del Comité de Ética y Conducta las siguientes:

 a) Tener alguno de los miembros del Comité de Ética y Conducta, interés directo o indirecto en los hechos que se investigan;

b) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con cualquiera de los involucrados en el caso a ser revisado por el Comité;

c) Tener parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado, o de adopción con alguno de los involucrados en el caso

d) Tener el involucrado un grado de subordinación directa o línea directa hasta 2 grados con alguno de los miembros del Comité de Ética y Conducta.

 

En todos estos casos, aquel miembro del Comité que considere que está afecto por alguna causal de implicancia antes señalada o por algún otro hecho que a su juicio les reste imparcialidad, tendrá la obligación de hacerlo presente vía correo electrónico enviado al Secretario General al menos 3 días antes de la vista del caso y se abstendrá de participar en dicha sesión.

Notificado el Secretario General, este tendrá el deber de informar al resto de los integrantes del Comité, el cual sesionará con un quorum mínimo de 3 de sus integrantes.  

 

El Docente de destacada trayectoria y el representante de los Directores de Sedes, serán elegidos anualmente por los demás miembros del Comité de Ética y Conducta de una terna propuesta por el Vicerrector Académico y por el Director General de Operaciones, respectivamente, en la primera sesión del año, y requerirán del quorum de al menos tres integrantes del Comité para su elección. Esta designación durará un año contado desde la fecha de su designación y podrán ser reelegidos por mayoría simple por un máximo de 2 periodos consecutivos.

Los miembros del Comité no serán remunerados por realizar sus funciones.

Funciones

Sin que la enunciación siguiente tenga el carácter de taxativa, son funciones del Comité de Ética y Conducta las siguientes:

  1. Conocer del informe a que se refiere el artículo 13 del reglamento de investigaciones sumarias en la sesión respectiva.
  2. Dictar la resolución y practicar las notificaciones a que se refiere el mismo artículo 13 del reglamento de investigaciones sumarias de colaboradores.
  3. Las demás que le confieran la normativa interna vigente.
  4. Proponer al Comité de Cumplimiento del Consejo de Duoc UC las modificaciones al Código de Ética y Conducta
  5. Elevar al Rector las solicitudes de revisión de las decisiones que adopte el Comité de Ética y Conducta.

 

Procedimiento

El Comité de Ética y Conducta será presidido por el Secretario General y sesionará al menos una vez por trimestre, con la asistencia de al menos 3 de sus integrantes, pudiendo el Director de Cumplimiento solicitar sesiones extraordinarias cuando se requiera resolver infracciones de manera urgente.

Las decisiones se tomarán por mayoría de votos y serán consignadas en una resolución la cual será notificada a los interesados.

El Comité de Ética y Conducta deberá llevar un registro de actas, en el cual se dejará constancia de cada sesión y de las decisiones tomadas. Cada acta deberá ser suscrita por todos los miembros. Será responsable de llevar el registro el Secretario General.

El Comité podrá estimar necesaria la participación de otros miembros de Duoc UC o de solicitar la opinión de especialistas ajenos a la institución para resolver algunos casos, en razón de su conocimiento técnico, para lo cual serán citados por correo electrónico a la sesión respectiva. Los colaboradores así citados tendrán la obligación de mantener reserva y confidencialidad de lo tratado en la sesión en la que participe. El involucrado, denunciante o denunciado, podrá presentar ante el Comité de Ética y Conducta una solicitud de revisión por escrito dentro del plazo de 5 días corridos de notificada la resolución que dicte el Comité. Esta solicitud será revisada, por el Rector de Duoc UC y por el Consejero que presida el Comité de Cumplimiento del Consejo Directivo pudiendo confirmar o modificar lo resuelto por el Comité de Ética y Conducta. 

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